En atención a lo que establece el Decreto Ejecutivo No. 43318-MP-MIVAH-S-MEIC, “Modificación del Reglamento para el Trámite de Revisión de los Planos para la Construcción, Decreto Ejecutivo No. 36550 MP-MIVAH-S-MEIC del 28 de abril del 2011”, publicado en La Gaceta No. 71 del 20 de abril del 2022, a partir dellunes 07 de noviembre del 2022 se implementarán en el Sistema APC los siguientes ajustes:
- Se habilita la Declaración Jurada para el Trámite del Visado Sanitario del Ministerio de Salud, para los proyectos tramitados en el Sistema APC, con la clasificación “Otras Edificaciones” con un área tasada por el CFIA igual o inferior a 300 m².
- La Declaración Jurada para el Trámite del Visado Sanitario del Ministerio de Salud permite que los proyectos con un área tasada por el CFIA igual o inferior a 300 m² no sean enviados a revisión del Ministerio de Salud, ya que el cumplimiento de los requisitos documentales y técnicos, por parte de los profesionales a cargo de las obras, se hará constar mediante dicha declaración.
- El plazo máximo de subsanación de las observaciones institucionales, con el que cuentan los profesionales a cargo de las obras, se amplía a 14 meses.
- El procedimiento descrito no aplica a los siguientes tipos de proyectos:
- Plantas Potabilizadoras
- Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales (Habitacional, condominios, urbanizaciones, fraccionamientos-, conjuntos residenciales).
- Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Otros Usos
- Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales para Proyectos del Estado
- Confinamiento de Emisores de Radiaciones Ionizantes(blindajes)
- Calderas.
Para más información puede escribir al correo: infoapc@cfia.or.cr
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