Tal y como se menciona en el artículo 24 del Código de Ética del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, un profesional puede ser acreedor de la ejecución condicional de la sanción, siempre y cuando, la falta cometida no amerite mas de 12 meses de inhabilitación, no deberá tener sanciones previas, ni haber obtenido este beneficio en el plazo de los cinco años anteriores al momento del dictado del acto final por parte de la Junta Directiva General.
Una vez que al profesional le es notificado el Acuerdo emitido por la Junta Directiva General, se le otorga un plazo de dos semanas máximo para comunicarse con el Programa Responsabilidad solidaria, indicando si acepta o no. Puede llamar a los teléfonos 2103 – 2306 ó al 8819 – 5183; o enviar su respuesta al correo: responsabilidadsolidaria@cfia.cr
Si el profesional acepta el beneficio que le fue otorgado, al recibir su respuesta por los medios supra citados, es contactado por la Arq. Deganit Sánchez, Encargada de proyectos del Programa Responsabilidad Solidaria, para brindarle la información correspondiente y también procede a comunicar la aceptación a CENDEPRO, encargados de realizar el Curso de actualización profesional.
El plazo del beneficio acordado por la Junta Directiva General empezará a correr a partir de la asignación del proyecto, por parte del Programa Responsabilidad Solidaria. Por su parte, la expiración del plazo de la sanción se tendrá por cumplido hasta que el miembro sancionado haya ejecutado a satisfacción el proyecto asignado. Una vez concluido dicho proyecto, será notificado el cumplimiento a la Dirección Ejecutiva, para que sea llevado a una sesión de la Junta Directiva General y se apruebe dicho cumplimiento.
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