Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura:
Artículo 12 Servicios de consultoría no relacionados con construcción de obras:
Son parte del ejercicio profesional de las diferentes áreas de la ingeniería y de la arquitectura que no están relacionadas con una obra constructiva.
Comprenden un proceso integral que incluye el planeamiento, modelaje, diseño, ejecución, evaluación, seguimiento y que puede ser desarrollado, en sus etapas, por uno o varios profesionales, según la complejidad del proyecto, y/o los términos contractuales.
Estos proyectos deben desarrollarse bajo la responsabilidad de un profesional o empresa inscrita en el CFIA, de acuerdo con su rama y especialidad, y con base en los perfiles profesionales aprobados por la Junta Directiva General del CFIA.
Cuando se necesite la inclusión de otros servicios para el registro de responsabilidad profesional, el CFIA los podrá incluir en sus plataformas tecnológicas, a través de las disposiciones internas correspondientes
¿Cómo se registra el contrato en APC?
Paso 1: Elige la opción de contrato ordinario
Paso 2: En el punto 2 del contrato se debe clasificar en la opción de "Otras edificaciones/Servicios- Otros ciclos CFIA"
Paso 3: En la tabla de servicios se debe elegir la opción de "Consultorías varias"
Consideraciones:
1. Para el registro no se requiere aportar planos constructivos, no obstante, el profesional responsable debe adjuntar un documento PDF, con el detalle del trabajo a realizar.
2. El cobro administrativo para estos trámites es de 5000 colones al ingresar el contrato.
3. El monto a cancelar por el registro de estos proyectos es de un 0.150% correspondiente al Derecho de Asistencia (Art.52 de la Ley Orgánica del CFIA)
Derecho de asistencia
Valor de la obra x 0.150%
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