Miembro Ausente:
Es el miembro o asociado que se ausente del país y así lo comunique formal y oportunamente al Colegio Federado.
Al concluir el periodo de miembro ausente otorgado, el CFIA procederá a eliminar dicha condición de forma automática. En caso de que, el ingreso al país se dé antes del vencimiento del periodo concedido, el(la) profesional debe comunicarlo por escrito al Departamento de Registro y Documentación del CFIA, con el fin de gestionar lo que corresponda, para lo cual, debe estar al día con el pago de las cuotas de colegiatura al mes vigente al momento de plantear la solicitud.
La solicitud debe ser presentada vía e-mail a la dirección dep.registro@cfia.cr o bien, ante las Plataformas de Servicios del CFIA.
Otras condiciones:
Si registra alguna otra condición de inhabilitación, miembro temporal o sancionado favor contactar al Departamento de Registro y Documentación a la dirección dep.registro@cfia.cr y será un gusto asesorarle sobre condición.
**En caso de que su condición sea retiro voluntario debe contactarse a formacion.profesional@cfia.cr
o bien ingresar al siguiente enlace para verificar los detalles: https://centrodeayuda.cfia.or.cr/hc/es/articles/7333649499031-Quiero-tramitar-la-Solicitud-de-retiro-voluntario-del-CFIA-Qu%C3%A9-debo-hacer
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