La exoneración del IVA, aplica únicamente para los servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil. Estos servicios deberán ser facturados con su respectivo código CABYS**.
La exoneración no aplica a compra de materiales, suministros o acabados.
Ministerio de Hacienda aclaró por medio de fe de erratas que el beneficio de exoneración alcanza a los subcontratos, siempre que facturen servicios prestados al proyecto que disfruta de la gradualidad.
Ministerio de Hacienda es quien regula el alcance de aplicación, por ello han generado diversos oficios aclaratorios acerca de los servicios que aplican y no aplican dentro a la exoneración.
Al ser un tema regulado por ellos, en caso de consultas le recomendamos comunicarse directamente:
Tel. 2539 4225 correo: exoneraciones@hacienda.go.cr
Verifique si cuenta con código de exoneración AQUI.
Puede consultar la Reforma dando clic AQUI.
Importante:
**Es importante mencionar que todos los proyectos con código de exoneración, aplicarán el 4% IVA en lo que facturen con código CABYS**, partir del 1 de Setiembre del 2021 al 31 de agosto del 2022, inclusive; indiferentemente de su fecha de visado.
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